Youth are increasingly joining Naturpaz ranks in the Central Area of Cuba.
"I am not a counter-revolutionary, I am a peaceful fighter in defense of human rights... If my destiny is jail for thinking like I do, the homeland needs sacrifices.... "
It is the response of Roberto Blanco member of Naturpaz to the harassment of the warnings of the Cuban State Security on the eve of #11JCuba
Naturpaz monitors the repressive acts of the Cuban authorities and holds State Security responsible for any violations of human rights or the physical integrity of Roberto and his family.
Pinar del Rio , Cuba.
This morning I was visited by a duo of evil called the PCC and Major Alejandro of the repressive organs of the state insecurity. As usual these cops at the service of the dictatorship took the opportunity to verbally threaten me and make it clear that tomorrow 11/J they were not going to allow anything to happen in P. River.... What I was looking for to go to prison if I continued my counter-revolutionary activities..
To what I answered that I was not a counter-revolutionary, I was a peaceful fighter in defense of human rights.. If my destiny was jail for thinking like I do, the homeland needs sacrifices....
I want to emphasize that whatever happens to my physical integrity I hold the political police accountable...
Activistas de Naturpaz bajo acoso, vigilancia persecución y amenaza esté 11 de julio aniversario tres del estallido sociales ocurrido en el 2021.Detalles de los acontecimientos.Cienfuegos.
Municipio Rodas
1- Ismael Rodríguez Cabrera.
Se presentó en su vivienda el jefe de sector de la policía Alexis le amenazó que de salir mañana sería detenido
2- Santiago Cedeño Alvarez. Amaneció con vigilancia y persecución
Municipio Aguada de Pasajeros
3- Soraya Quijano Silva. Vigilancia y persecución
4-Yasiel González Quijano. Vigilancia y persecución
5- Bárbaro la Nuez Ramírez.
El oficial Wilfredo de la policía política se presentó en su vivienda y le amenazó que de salir mañana sería detenido
6- Ramon Rafael González Penton. Vigilancia y persecución
7- Miguel Coba García. Vigilancia y persecución
8- Juan Alberto de la Nuez Ramirez. Se presentó en su vivienda el teniente coronel Noel jefe de CI en Cienfuegos y Wilfredo jefe de enfrentamiento de la policía política en Aguada de Pasajeros
Desde la noche del pasado día 10 del presente mes en las escuelas y demás instituciones del estado reforzaron las guardias nocturna.
En cede del PCC y el gobierno municipal están de guardia y recorrido decenas de factores de las brigadas de respuesta rápida
Naturpaz has opened another Community Council in Cuba West. President Community Council Yoani Rodriguez Montero will be leading "Planting Life and Freedom Workshops" in Las Tunas City, West region of Cuba.
Naturpaz abre Consejo Comunitario en el Oriente de Cuba.Presidente del Consejo Comunitario Yoani Rodriguez Montero estara al frente de los Talleres Sembrando Vida y Libertad en la Provincia de Las Tunas, en el Oriente de Cuba.
Impresionante incremento de la #deforestación por la explotación minera en #Moa #Cuba entre 1987 y 2024 (Imágenes #Landsat banda infrarroja 1987-2024)
Perspectivas contrahegemónicas de las protestas sociales by Alexander Hall Lujardo
The links below provide informational environmental sites
Faisel Iglesias---
Writer and Attorney
"Music and literature birthed a poem in his book about Benny More".
This is how Leonel Morejon Almagro described Faisel Iglesias magnificent narration about music genius Benny More.
Naturpaz is thrilled in hosting his book at our artist corner section.
Click on the artist's photo to enjoy the book!
Island (Isla)
Tomás Sánchez
1996
https://secure.cernudaarte.com/artists/tomas-sanchez/
Many thanks and appreciation to Tomas Sanchez for his outstanding landscape visions and dreams.
Click on the link above to see all his works available for purchase.
Carlos Reyes with his ecologist friends in Miami
Carlos is the proud artist of the first Naturpaz logo and flag which was confiscated by the G-2 Secret Police in 1996
Carlos Reyes with Intergalactic Council in Miami
Sancho trying to stop Don Quixote from protesting nuclear missiles
Island (Isla)
Tomás Sánchez
1996
https://secure.cernudaarte.com/artists/tomas-sanchez/
Many thanks and appreciation to Tomas Sanchez for his outstanding landscape visions and dreams.
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Carlos Reyes with his ecologist friends in Miami
Carlos is the proud artist of the first Naturpaz logo and flag which was confiscated by the G-2 Secret Police in 1996
Carlos Reyes with Intergalactic Council in Miami
65/99---número de Entrada*
A TRIBUNAL SUPREMO POPULAR.
REPUBLICA DE CUBA.
Señor Presidente del Tribunal Supremo:
Le rogamos traslade usted el presente escrito a los señores jueces del CONSEJO DE GOBIERNO y si es pertinente en su momento procesal oportuno a los Jueces que integran el Pleno del Tribunal Supremo.
Señor Presidente, Señores Jueces del Consejo de Gobierno, venimos con la suprema inspiración que nos brinda el amor por la NATURALEZA y con la más alta de las aspiraciones: -Que se haga JUSTICIA.
Amparados en el artículo 63 de la Constitución de la República en relación con el artículo 27 del propio texto magno y los artículos 385 y 386 de la Ley Penal Procesal vigente. A los siguientes efectos:
DENUNCIAR LA VIOLACION DE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES
POR PARTE DE FUNCIONARIOS PUBICOS.
Que basamos esta denuncia en los siguientes:
H E C H O S
1) Que con fecha cinco de Septiembre de 1998, la agrupación Eco-pacifista NATURPAZ, elaboró dos documentos uno de ellos dirigido a el Sr. Presidente de la República el mismo solicitaba la creación de una Oficina de Información Ambiental , el otro documento era dirigido a la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente Dra. Rosa Elena Simeón Negrin, donde se le solicitaba la realización de una AUDITORIA ECOLOGICA INTERNACIONAL sobre los pedraplenes y demás construcciones realizadas por el gobierno en ZONAS Y AREAS PROTEGIDAS POR LA LEGISLACION AMBIENTAL CUBANA.
Que ni el Presidente; ni el Ministerio en la persona de Rosa Elena, han respondido como es su obligación por Ley.
2) Para agravar el hecho de no haber respondido nuestra petición, existen las pruebas de que se tratado de obstaculizar, e incluso anular el ejercicio de nuestro derecho a la petición, cuando el Licenciado Leonel Morejón Almagro, fue detenido ilegalmente el día 6 de Septiembre permaneciendo cuatro días privado de su libertad en el centro de INSTRUCCIÓN DE CIEN Y ALDABO, donde agentes de la Seguridad del Estado le despojaron de las copias de ambos documentos, copias acuñadas y recibidas con la firma de entrada en el Consejo de Estado y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente respectivamente.
En el Centro de Instrucción de 100 y Aldabo, se encontraba el oficial Estrada de la Seguridad del Estado y en la vía pública realizó la ilegitima detención un oficial del mismo organismo que dice llamarse “jorge”.
3) Que con fecha 21 de enero de 1999 se elaboró y firmó un documento dirigido a los miembros de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Utilizando al Presidente de la Asamblea como vehículo para llegar a todos los señores diputados, en especial a los que integran La Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.
Que el escrito aludido contiene la petición que como ciudadanos y opositores casi ochenta cubanos identificados con su carnet de identidad, le realizaban al presidente de la Asamblea Nacional, Señor Alarcón, para que canalice un debate parlamentario sobre la INSCONSTITUCIONALIDAD, de la disposición de Construir un Aeropuerto dentro del territorio nacional que solo podrán utilizar los extranjeros –violando esta situación—los artículos 42 y 43 de la Ley de Leyes.
También se le exponían al Señor Alarcón, los motivos de Orden ambientalista, incluso se entregó un artículo periodístico donde se mostraban datos de la riqueza faunística, sobre todo en aves de el Cayo y la opinión de los expertos cubanos contraria al desarrollo alto del turismo en la Zona por motivos conservacionistas, este trabajo se titula “ECOCIDIO A LOS CAYOS: PUEDE EVITARSE”. Todos los documentos aportados deducían una URGENCIA DE ACCION por parte de las autoridades. Después de dos meses no ha existido ni tan siquiera una notificación de acuse de recibo por parte del Señor Alarcón.
5) Que, en el mes de enero del año 1999, se publicó un artículo en el periódico Granma donde se anunciaba la construcción de un Aeropuerto Internacional—que como resultado de esa noticia—la agrupación NATURPAZ envió la primera carta con el pedido de suspensión de la Obra al Presidente Castro.
6) Que el martes 9 de febrero de 1999, se publicó en el periódico Granma (Órgano Oficial del Partido Comunista de Cuba), otro artículo bajo la firma del periodista Emilio del Barrio Menéndez, que reafirmaba el anuncio hecho por el primer artículo aludido en el correlativo número cinco. Este nuevo trabajo periodístico aparece bajo el título “COMIENZA EN MAYO CONSTRUCCION DE AEROPUERTO EN CAYO COCO”. Se trata de justificar la decisión de no ampliar el que existe en Ciego de Ávila y que actualmente presta esos servicios; esa alternativa promovida por Naturpaz, es desechada por cuestiones de “mercado”; de “competividad”, en resumen, cuestión de unos dólares más”. Al leer este artículo nos informamos de cifras aterradoras para el futuro de los cayos cubanos, como son:
- Hoy se explotan más de 2000 habitaciones en Cayo Coco y Guillermo, al cierre del próximo año el numero debe elevarse a mas de 5 500 con obras que se ejecutan en Santa María, las Brujas y los propios Cayo Coco y Guillermo.
- En el transcurso de la próxima década las inversiones hoteleras se extenderán por ocho Cayos ellos son:
1. Las Brujas
2. Ensenachos
3. Santa María
4. Guillermo
5. Coco
6. Paredón Grande
7. Antón Chico
8. Cruz.
- El potencial calculado desde las Brujas hasta Cayo Coco es de 31 000 habitaciones.
Si le agregamos a lo anterior, el dato que nos ofrecen que el nuevo aeropuerto tendrá capacidad para 1.2 millones de personas anuales, que solo se construirá en 30 meses y que el diseño contempla la posibilidad de ampliación, pues la “demada”seguirá creciendo y para colmar la copa se nos devela que la PISTA EXISTENTE EN CAYO LAS BRUJAS se amplia para convertirla en una pista que reciba aviones de mediano porte para el próximo mes de Agosto.
Como ustedes pueden apreciar Señores Jueces, dentro de diez años al ritmo de “desarrollo” soñado por los estadistas del gobierno; en nuestros Cayos tendremos muchas carreteras, pistas de aviones, hoteles, grandes áreas de estacionamiento, muy pocos árboles, alguna arena, ninguna iguana y dos o tres gorriones.
Les recordamos a los Señores jueces que estamos hablando de Cayos que en su INMENSA MAYORIA ESTAN PROTEGIDOS POR LA LEY Número -81 del 11 de Julio de 1997 “LEY DEL MEDIO AMBIENTE” como AREAS PROTEGIDAS, lo que significa que está prohibido por Ley “MODIFICAR EL ENTORNO”.
Le recordamos que estamos exigiendo un futuro para Zonas Protegidas por la Ley Forestal del 31 de Agosto de 1998. Ley Número 85. Donde de forma clara y expresa se prohíbe la tala de un solo árbol, pues son bosques especiales (esto lo profundizaremos más adelante). En resumen, estamos pidiendo protección para vida animal y vegetal única en el planeta.
7) Que en nuestras investigaciones y visitas a diferentes instituciones para tratar de evitar que se cometa el ecocidio contra la vida de los cayos, visitamos en numerosas ocasiones la biblioteca de Ciencia y Técnica que radica en el antiguo Capitolio de la nación, la biblioteca del Ministerio de Justicia, el Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente y la Agencia Ambiental perteneciente a ese Ministerio, que radica en Miramar, Ciudad de La Habana. En la Agencia conversamos con la Sra. Miriam Arcia (especialista del Centro de Inspección y Control Ambiental), ella nos informó:
- “Que no existía EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL”.
- “Que lo que se había otorgado era una licencia para una investigación topográfica a favor del Instituto de Aeronáutica Civil Cubana”.
Nosotros deseábamos leer la evaluación de impacto ambiental y la Licencia Ambiental que autorizaba la construcción del aeropuerto en Cayo Coco, cosa a la que teníamos derecho según la Asesora Jurídica de Política Ambiental del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
La ley establece la obligación de la Licencia Ambiental y la Evaluación de Impacto como procedimientos previos ineludibles para comenzar la construcción de un aeropuerto en Cuba.
¿Cuál no sería nuestro asombro, Señores jueces ante tal contradicción?
Para concluir el Centro de información, Gestión y Educación Ambiental dirigido por el Doctor Jorge Mario García y el Centro de Inspección y Control Ambiental, dirigido por la Doctora Silvia Álvarez Rosell no tienen información de la Evaluación de Impacto, pues no existe Licencia Ambiental.
Nos preguntamos:
¿De dónde sacó la información tan detallada sobre el futuro aeropuerto el periodista del Granma?
¿Se otorgaron las licencias necesarias para construir las pistas de los Cayos Las Brujas y las del propio Cayo Coco que ya existen?
Al arribar a este punto de nuestra campaña contra la construcción del aeropuerto de Cayo Coco se hace necesario y obligatorio llegar ante ustedes con el último recurso legal de que disponemos para llamar la atención sobre el asunto y salvar las aves migratorias, los árboles, los moluscos, reptiles y anfibios de nuestros Cayos.
Por estos hechos que le hemos expuesto es que deducimos los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Y
RAZONAMIENTOS
PRIMERO: Artículo 63 de la Ley de Leyes 1976 modificada parcialmente en el año 1992. En cuanto al derecho de queja y petición: “Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en el plazo adecuado conforme a la Ley”. El plazo a que se refiere la Constitución es sesenta días, por tanto, se deduce que ninguno de los organismos interpelados ha cumplido su obligación.
SEGUNDO:Artículo veintisiete (27) de la Constitución: “El Estado protege el Medio Ambiente y los recursos naturales del país. Reconoce su estrecha vinculación con el desarrollo económico y social sostenible para hacer más racional la vida humana y asegurar la supervivencia, el bienestar y la seguridad de las generaciones actuales y futuras. Corresponde a los órganos competentes aplicar aplicar esta política. Es deber de los ciudadanos contribuir a la protección del agua, la atmósfera, la conservación del suelo, la flora, la fauna y todo el rico potencial de la naturaleza.”
El artículo 3 de la Ley # 81 “Ley del Medio Ambiente” del 11 de Julio de 1997, plantea: “Es deber del Estado, los ciudadanos y la sociedad en general proteger el Medio Ambiente:
a) Su conservación y uso racional
b) La lucha sistemática contra las causas que originan su deterioro
c) Las acciones de rehabilitación correspondiente
Ambos artículos en relación al 63 de la Constitución nos remite a la Ley supletoria # 62 “Código Penal” que en su Título IX DELITOS CONTRA LOS DERECHOS INDIVIDUALES. Capítulo V DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE REUNION, MANIFESTACION, ASOCIACION, QUEJA Y PETICION. Artículo 292.1 “Se sanciona con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas al que, con infracción de las disposiciones legales:
c) impidan y obstaculice que una persona dirija quejas y peticiones a las autoridades.
2. Si el delito se comete por un funcionario público, con abuso de su cargo, la sanción de privación de libertad es de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas.”
Por su parte la Ley adjetiva # 5 del año 1977 actualizada por el Decreto Ley # 151 del 10 de Junio de 1994 en sus artículos 385 y 386 del libro sexto DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES, regula el procedimiento para exigir responsabilidad penal a los miembros del Buró Político del Partido, al Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular y a los miembros del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros.
TERCERO: Artículos 42 y 43 de la Constitución de la República en relación al 75 inciso C de la propia Ley de Leyes y 84, 121 y 122 de la Carta Magna.
Artículo 122: Los jueces en su función de impartir justicia son independientes y no deben obediencia más que a la ley.
Artículo 44 del Reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular de fecha 27 de diciembre de 1996 “Las sesiones extraordinarias del Poder Popular son convocadas por el Consejo de Estado por iniciativa o cuando lo solicita la tercera parte del número total de diputados que integran la Asamblea Nacional.”
Artículo 49 del Reglamento de la Asamblea Nacional, “Las sesiones son públicas” y artículo 16 del propio reglamento. “Derechos de Diputados”
d) Ejercer la iniciativa legislativa.
f) Hacer preguntas al Consejo de Estado y al Consejo de Ministros.
Articulo: 295.1 Delito contra el derecho de igualdad. Capitulo VIII Ley 62 Código Penal Modificado y actualizado: “El que discrimine a otra persona o promueva o incite a la discriminación, sea con manifestación y animo ofensivo a su sexo, raza, color de u origen nacional o con acciones para obstaculizarle o impedirle, por motivos de sexo, raza, color u origen nacional el ejercicio o disfrute de los derechos de igualdad establecidos en la Constitución incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas o ambas.
Artículo 291.1 DELITO CONTRA LA LIBRE EMISION DEL PENSAMIENTO.
Capítulo IV Ley 62 Código Penal: “El que, en cualquier forma, impida a otro el ejercicio del derecho de libertad de palabra o prensa garantizado por la Constitución y las leyes, es sancionado con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.
Todos los preceptos y artículos mencionados en este apartado tercero en relación con el artículo 63 de la Ley Fundamental no permiten razonar que se ha violado la Constitución y la Leyes por parte de los funcionarios públicos que debían responder en el plazo que señala la Ley a la petición a la petición que le realizamos en el ejercicio de nuestro derecho de queja y petición. Señores jueces en nuestro país se está aplicando la Ley en una sola dirección, es necesario que se respeten los procedimientos establecidos para canalizar las inquietudes ciudadanas.
Ustedes ilustres jueces del Consejo de Gobierno deben hacer prevalecer la Constitución, el hecho de que al aeropuerto de Cayo Coco no puedan viajar ciudadanos cubanos por su origen nacional provoca el quebrantamiento de lo establecido en los artículos 42 y 43, haciendo necesario el restablecimiento de la legalidad quebrantada, por tanto no es admisible construir en Cuba un aeropuerto o una pequeña cafetería donde los cubanos no puedan entrar por el solo hecho de ser cubanos, la persona que incite a la discriminación racial o que la permita debe ser sancionada por la ley sea quien sea.
CUARTO:Los Hechos que les hemos narrado evidencian la violación de La Ley No-81 del 11 de Julio de 1997 “Ley del Medio-Ambiente”, pues si las informaciones que nos brindaron en la Agencia de Protección Ambiental son ciertas, el anuncio del periódico Granma no puede ser cierto, porque si se construye el aeropuerto sin Evaluación de Impacto se violan los artículos de la Ley No-81/97 que expondremos a continuación y si nos ocultan la información en lo referente a la Evaluación del Impacto Ambiental también se está violando la Ley veamos:
Artículo 4 de la Ley 81/97: “Las acciones ambientales para un desarrollo sostenible se basan en los requerimientos del desarrollo económico y social del país y están fundados en los principios siguientes:
a) El Estado establece y facilita los medios y garantías necesarios para que sea protegido de manera adecuada y oportuna el derecho a un medio ambiente sano.
b) La protección del medio ambiente es un deber ciudadano.
c) Los recursos naturales deben aprovecharse de manera racional, previendo la generación de impactos negativos sobre el medioambiente.
d) La prioridad de la prevención mediante la adopción de medidas sobre una base científica y con los estudios técnicos y socio económicos que corresponden.
En caso de peligro de daño grave o irreversible al medioambiente, la falta de una certeza científica absoluta no podrá alegarse como razón para dejar de adoptar medidas preventivas.
e) Toda persona debe tener acceso adecuado, conforme a lo legalmente establecido al respecto, a la información disponible sobre medioambiente que posean los órganos y organismos estatales.
j) La realización de actividades económicas y sociales por las personas naturales o jurídicas está condicionada por el interés social de que no ejerza en perjuicio del medioambiente.
k) El conocimiento público de las actuaciones y decisiones ambientales y la consulta de la opinión de la ciudadanía se asegurará de la mejor manera posible, pero en todo caso con carácter INELUDIBLE.(Sic)
L) Toda persona natural o jurídica conforme a las atribuciones que la Ley le franquee, debe contar con los medios adecuados y suficientes que le permitan accionar en la vía Administrativa o judicial según proceda para demandar el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley y en sus disposiciones.
m) El papel de la Comunidad es esencialpara el logro de los fines de la presente Ley, mediante su participación efectiva en la toma de decisiones y el desarrollo de procesos de autogestión orientados a la protección del medioambiente y la elevación de la calidad de vida de los seres humanos.
Artículo 24 Ley 81/97. De referencia a la característica de La Licencia Ambiental.
Artículo 27 de la Ley 81/97 –Sobre la Evaluación del Impacto Ambiental Artículo 28 de la Ley 81/97 Obligatorio someter a la consideración del Ministerio de Ciencia y Tecnología y Medio Ambiente las obras que se construyan en Cuba con carácter obligatorio ellas son:
I) Aeropuerto y puertos.
z) Cualquier obra que tenga lugar en ecosistemas frágiles, o alteren significativamente los ecosistemas.
Artículo 34: El Sistema Nacional de información Ambiental tiene como objetivo esencial garantizar al Estado, al gobierno y a la sociedad la toma de decisiones relativas al medioambiente.
Artículo 37 Ley 81/97. Sobre el Derecho a la Información y sobre la obligación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medioambiente de informar.
Señores Jueces, La Construcción del Aeropuerto en Cayo Coco también viola la Ley No-85 del 31 de Agosto de 1998, en Segundo Por Cuanto escribe “La protección del Patrimonio Forestal constituye un interés de nuestro Estado Socialista,”
El artículo 1 Ley No-85/98 Ley Forestal.
d) Conservar los recursos de la diversidad biológica asociados a los ecosistemas forestales.
Artículo 7 de la Ley 85/98, al Ministerio de La Agricultura le corresponde en coordinación con los órganos y organismos competentes y sin perjuicio de las atribuciones y funciones de éstos:
e) regular en coordinación con el Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente, la gestión en cuanto a la protección de manglares, u otra vegetación costera en los cayos, canalizos, ensenadas, caletas y zonas costeras a orillas del mar y otros lugares que puedan servir de refugio a los recursos marinos y pesqueros y de protección a otros recursos naturales.
Artículo 15 Ley 85/98—inciso c) Bosques de Conservación sirven para proteger y conservar los recursos naturales.
Artículo 24 Ley 85/98 ---Bosques para la protección y conservación de fauna. Son los que se destinan a mantener un habitad favorable para la reproducción y el desarrollo de fauna silvestre, solo puede existir cortes de mejora.
IMPORTANTE --Se viola el artículo 27 de La Ley Forestal, veamos
- No podrán realizar talas de explotación independientemente de la categoría a que pertenezcan y quedarán sujetos- a un régimen especial de protección las áreas siguientes:
- Bosques y fajas forestales de la Zona de protección de los embalses y causes naturales, los que circundan manantiales y a lo largo de carcanas y barrancas.
- Bosques situados en pendientes superiores al 60 % y en lugares que su presencia evite desprendimiento de tierras, sujete o afirme suelos.
-fajas forestales a partir de la línea de Costa y los bosques de los Cayos.
- Areas de semillas
- Areas de Defensa para el país.
Señores Jueces, Presidente del Tribunal Supremo, como ustedes pueden apreciar, se ha anunciado la construcción de un aeropuerto Internacional, se ha construido una Pista en Cayo Las Brujas, se ha construido una Pista para aviones medianos en el propio Cayo Coco, se está ampliando la pista del Cayo Las Brujas, se ha anunciado un crecimiento salvaje de las construcciones hoteleras, todo esto ¡INCREIBLEMENTE! Se está realizando en AREAS PROTEGIDAS, TAL PARECE QUE AL GOBIERNO NO LE BASTAN LOS CIENTOS DE KILOMETROS DE MARAVILLOSAS PLAYAS que permanecen sin desarrollar plenamente y que son víctimas de la contaminación por aguas negras, residuales industriales y desechos de todo tipo que no son reciclados, ni detenidos antes de llegar a nuestras costas.
¿Cuál será el futuro de las aves migratorias, de los árboles, de los moluscos, de los reptiles que habitan nuestros Cayos?
¿Qué sentido tiene que la Asamblea Nacional se reúna para legislar dos soberbias y fundamentales leyes para proteger la naturaleza, y que el gobierno sin respetarlas destruya impunemente los últimos lugares vírgenes que no pudieron destruir casi cuatro siglos de dominio español, ni todo el periodo republicano, ni el tan triste celebre gobierno de Fulgencio Batista?
Es por todo lo anterior expuesto que llegamos a las siguientes conclusiones:
NATURPAZ se opone a que continúe esta tan nefasta política ambiental y exige concretamente:
1. Se suspenda de inmediato toda posible obra, estudio o proyecto que pretenda construir un aeropuerto internacional en Cayo Coco, o en cualquier otro Cayo por ser contrario a derecho.
2. Que se aplique una sanción monetaria para rehabilitar los daños causados a la zona, esta sanción debe ser impuesta a las compañías responsables de tales inversiones.
3. Que se congele el desarrollo de construcciones hasta tanto no se decida por medio de un referéndum popular el destino de esas construcciones.
4. Se cumpla con el preceptuado en la Ley 81 LEY DE EL MEDIO AMBIENTE y la Ley 85 del 98 LEY FORESTAL, con la CONSTITUCION de la República y a ese tenor se procese a los infractores de la legalidad.
Con todo nuestro respeto
EJECUTIVO NACIONAL DE NATURPAZ
Dado en Ciudad de la Habana a los dieciséis días del mes de Abril 1999.
Lic. Leonel Morejón Almagro (PRESIDENTE)
Sra. Dulce María de Quesada López (Coordinadora Provincial)
Sr. Rogelio Fabio Hurtado (Vicepresidente de NATURPAZ)
Sr. Oscar González Guilarte (Vicepresidente NATURPAZ)
Sr. Hugo Damián Prieto Blanco (Jefe del Equipo Coordinador Nacional NATURPAZ)
Sr. Ángel Almagro Campo Alegre (Asesor NATURPAZ)
Sr. Enrique Domínguez Iglesias (Tesorero)
Sr. Cesar Leal Morejón (Equipo Coordinador)
Sra. Yania Ávila Román (Equipo Coordinador)
Sr. Néstor Rodríguez Lobaina (Representante para las Provincias Orientales)
Lic. Manuel Fernández Rocha (Coordinador Nacional NATURPAZ)
OTROS FIRMANTES
Aida Valdez Santana (Directora Oficina de Información Derechos Humanos)
Lic. Zohiris Aguilar Calleja (Presidenta Alianza Democrática Popular)
Dirección: Calle Hernán Benh # 270 entre María Auxiliadora y Georgia Víbora Park. Arroyo Naranjo. Ciudad Habana. Cuba.
OTROSI UNICO: Se aportan como pruebas documentales las siguientes:
1. Petición a Presidente Fidel Castro Ruz para la creación de una Oficina de Información Ambiental, fecha 5 de septiembre (copia Observaran que no está acuñada pues la copia fue decomisada por la Seguridad del Estado)
2. Petición a la Sra. Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente Rosa Elena Simeón Negrin—Solicitud de AUDITORIA ECOLOGICA INTERNACIONAL en las Obras de los Cayos. Fecha 5 de Septiembre de 1998.
3. Carta dirigida al Presidente Castro con la petición de Suspensión de la Construcción del Aeropuerto Internacional de Cayo Coco. Fecha 21 de enero con cuño y fecha recibida 26 de Enero de 1999.
4. Documento entregado en La Oficina de La Asamblea Nacional del Poder Popular, dirigido al Sr. Alarcón de Quesada Presidente de La Asamblea. De Fecha 1 de febrero de 1999 entregado y con firma de recibido 10 de febrero 1999.
5. Artículo ECOCIDIO A LOS CAYOS PUEDE EVITARSE realizado por el Lic. Leonel Morejón Almagro
Señores Jueces muchos de estos documentos se les han entregado a Senadores Italianos, norteamericanos y funcionarios de las embajadas de España, Canadá, Estados Unidos de América, Inglaterra y otros países.
En encuentros que hemos sostenido, también hemos trasladado estos documentos a las Oficinas de Prensa acreditadas en Cuba, como la DPA, Reuters, EFE, ANSA y otras. También se han entregado copias en Prensa Latina y la Agencia de Información Nacional. Se han entregado copias en la Agencia de Protección Ambiental y se le han entregado ejemplares a otros especialistas y ecologistas en Cuba. Así como a las Agencias de Prensa Independientes Cubanas. Toda esta labor cumpliendo la obligación de cumplir con nuestro deber de luchar incansablemente por la Naturaleza como orientan nuestras Leyes y en el Principio de que las políticas Ambientales se elaboran a partir de la participación y el debate público. Seria de mucha utilidad que el periódico Granma publicara lo relacionado con nuestra demanda contra el gobierno por la construcción de este Aeropuerto.
Cuño de recibo
República de Cuba
Tribunal Supremo Popular
20 Abril 1999
Firmado por secretaria de Actas.
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